Los directivos de Helacor S.A., sociedad que opera la exitosa cadena de heladerías Grido, enfrentan acusaciones por maniobras tributarias entre 2007 y 2012. Cabe destacar que La acusación es a los directivos y no a la compañía.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó el sobreseimiento dictado en 2023 por el Tribunal Oral Federal 2 de Córdoba, e ordenó que los empresarios Oscar Lucas Santiago, Lucas Santiago y Sebastián Oscar Santiago sean juzgados en un juicio oral por presunta asociación ilícita fiscal

Según la acusación, los directores de Helacor S.A. habrían organizado un entramado sistemático para evadir impuestos e incrementar sus ganancias mediante maniobras en distintos niveles operativos —desde la producción hasta la venta de helados—, incluyendo subfacturación y uso de prestanombres para abrir franquicias
En 2013, los empresarios se habían acogido al régimen de blanqueo fiscal de la ley 26.860, suscribiendo Certificados de Depósito para Inversión (Cedin) por US$ 2 millones como estimación de ventas omitidas. También ofrecieron una reparación económica de $240 millones destinados a entidades de bien público
Pese a ello, intentaron aplicar retroactivamente la nueva Ley 27.743 y su decreto reglamentario 608/2024, que permiten la extinción de acción penal en casos de delitos tributarios comunes. La defensa sostuvo que ese recurso debió abarcar también la figura de asociación ilícita fiscal, pero la Casación concluyó que dicha figura no está comprendida en el régimen de blanqueo, ya que carece de un contenido patrimonial definido y no puede regularizarse mediante esas normas.
La resolución fue adoptada por mayoría, con los votos de los jueces Gustavo Hornos y Javier Carbajo, mientras que Diego Barroetaveña votó en disidencia, defendiendo la aplicación del régimen como la ley penal más benigna y alineada con la paz social y la recaudación fiscal.
La decisión de la Cámara de Casación reaviva la causa contra los directivos de Helacor, implicando un nuevo capítulo judicial luego del sobreseimiento que habían obtenido el año pasado. Ahora queda abierta la posibilidad de un juicio oral que deberá determinar si hubo una asociación organizada para cometer delitos fiscales en forma “habitual” e “indeterminada”, tal como sostiene la acusación




